lunes, 25 de julio de 2022

Prospectiva del Consejo Nacional de Trabajo Social. Un aporte.

  

 

Consejo Nacional de Trabajo Social

 

El desafío, mantener vigencia como órgano de registro, control y 

desarrollo disciplinar, profesional y gremial

 

Una mirada prospectiva para la formulación estratégica.

 

 

Por Jesús Glay Mejía N.[1]

Presidente del CNTS 1991 a 1999

 

Presentación.

 

Las organizaciones son entes dinámicos e históricos que responden a demandas sociales de grupos de interés, están sujetos a las tensiones que pueden generarse entre sus afiliados, por las nuevas realidades y necesidades. Tienen el desafío de responder y asumir las nuevas situaciones que se dan, ante el riesgo de perder vigencia y pertinencia.

 

El CNTS, creado por la Ley 53 de 1977 y el Decreto 2833 de 1981, es una entidad de carácter público, sin personería jurídica, conformación mixta de entidades del gobierno nacional y representantes de la respectiva profesión, cumplen funciones delegadas del Estado, en este caso el control del ejercicio de las profesiones. Su origen puede ser de carácter privado como los colegios y público como los consejos profesionales, ambos amparados por la Constitución política de 1991, artículos 1, 2 y 26, los dos primeros garantizan la participación de la población en su funcionamiento y el 26 establece el carácter representativo y democrático que cobija a ambos tipos de organización.

 

Para el caso particular del CNTS, este está conformado de manera mixta: dos delegados del gobierno nacional y tres delegados de la profesión, que le da carácter representativo y confirma su sentido democrático al constituirse en una organización corporativa y deliberativa, con representatividad y capacidad para darle dirección al Consejo, desvirtuando conceptos equívocos que plantean que el sentido democrático no cobija  a los consejos profesionales por ser entes públicos, desconoce esta posición asumida en un momento por quienes dirigían el Consejo que lo público en el Estado social de derecho  es democrático, así  lo consagra la constitución política de 1.991.

 

El CNTS por el reconocimiento constitucional y la ley que lo creó, tiene funciones delegadas de la nación que se relacionan con el ejercicio de una profesión, lo cual los hace complejos e implica que quienes asumen la representación del gremio deben conocer  el organismo y sus competencias y mantener relaciones orgánicas definidas con los entes jurídicos que representan para el ejercicio competente de las funciones que deben cumplir por ley, que son más que la sola representación formal.

 

El Consejo en su dinámica adoleció de la falta de liderazgo y capacidad de dirección política  de muchos de sus delegados, que llegan a estos cargos sin mayor capacidad ejecutiva, terminando este proceso en la expedición del Acuerdo 021 de 2018, en la práctica asumió las funciones del CNTS, descansando toda la capacidad de decisión en dos personas, la presidenta y la directora ejecutiva, lo cual a todas luces es anti democrático, ilegal e inconveniente, las funciones del consejo  solo son delegables en lo que la ley contempla, el funcionario o su delegado, no contempla la delegación de las funciones del consejo en un tercer organismo que además en este caso no existía legalmente.

 

Este documento es un aporte que hago, resultado mi experiencia en las labores gremiales y docentes de la profesión por espacio de 46 años.

 

El sentido, dirección, gestión y prospectiva del CNTS.

 

Se trabajará por los gremios y demás entes constitutivos del CNTS a partir de:

 

Sujeción a las leyes y reglamentos del Estado sobre el asunto.

A criterios democráticos y representativo.

En el marco de la administración pública como órgano de servicio público

Al desempeño de la función social asignada por la ley y su proyección social.

 Con ello, ratificamos el respeto a su carácter de órgano público con funciones delegadas de la nación, reivindicando su carácter de representatividad y democrático.

 

 De la prospectiva y el marco estratégico del CNTS

 

Es necesario definir la misión, la visión y el mandato en función del valor público, para definir las políticas, programas y proyectos.

 

Los pasos anteriores permiten formular el plan estratégico, para luego definir la gestión estratégica a partir del triángulo estratégico.

 

La Misión:

 

Define la razón de ser de la organización, los principios y valores. A título de ejemplo, formulada de manera real.

 

El CNTS, trabajará en función de fomentar el desarrollo profesional, disciplinar y gremial de las y los trabajadores sociales de Colombia, mediante las acciones de registro profesional, administración del código de ética y del control del ejercicio profesional. Proyectará y fomentará acciones en alianza con las organizaciones representativas del Trabajo Social y la academia, que contribuyan a definir y fortalecer la profesión como elemento dinamizador del cambio, el desarrollo social y humano. Se orientará por principios democráticos de respeto por los derechos humanos, sociales, económicos y políticos y la constitución política. Guía de discusión.

 

Visión.

 

El CNTS, para el año 2030, será una organización líder del sector de los consejos profesionales en cuanto a la gestión eficiente y generadora de valor social para las y los profesionales, se consolidará económicamente, ampliará la representatividad de la base profesional y académica y del sector del bienestar y el desarrollo social, demostrando su pertinencia, sentido democrático y representativa en esta tarea.

 

La estrategia.

 

Es el resultado del trabajo de consulta, discusión con las bases, son las acciones prioritarias del consejo y se logra mediante la matriz dofa.

 

Gestión estratégica

 

También denominado el triángulo estratégico, constituida por las tareas básicas en la gestión institucional: política, programática y organizacional.

 

El CNTS debe enmarcar su gestión en estas tres áreas:

Pasos que deben ser participativos y consultados con las bases.

 Precisa las acciones a desarrollar y es la base de las acciones futuras.

 

Gestión política.

 

Entendida en el mejor sentido como la necesidad de contar con el aval y respaldo del decisorio político, diferenciando esta gestión de negociaciones clientelistas o acciones personales de apropiación de los recursos. Se trata de presentar ante el nivel político la prospectiva y estrategia de la institución y sus acciones y beneficios a la población, para lograr el aval y respaldo político y con ello garantizar los recursos para la ejecución.

 

Gestión organizacional.

 

Se trata de las acciones para adecuar la institución y lograr la capacidad de gestión operacional para realizar las acciones necesarias de manera eficiente, efectiva y equitativa.

Debe contar con diseños, estructuras y sistemas para implementar los programas y así alcanzar el valor público en las acciones con la población.

 

Gestión programática.

 

Comprende el ejercicio de definir la visión, misión y estrategias, que se logran resultado del trabajo con la población y definen el perfil concreto de la estrategia programática institucional.

 

Triángulo estratégico indispensable para lograr los objetivos e implica ajustar la estructura administrativa a esta propuesta.[2]

 

Lineamientos a los que se acogen los miembros del CNTS, rectores del ejercicio estratégico.

 

El CNTS, sus miembros declaran como criterios de acción y gestión del CNTS, que servirán para la planeación estratégica y para regir el organismo:

 

1.     Nuestro disposición y voluntad como organismos representativos de la profesión ante el CNTS, como lo ha sido históricamente, a apoyar y trabajar por el fortalecimiento y desempeño eficiente del CNTS en el cumplimento de sus labores misionales. 

2.     Que nuestra gestión como delegados de los gremios se regirá por los principios de:

- Transparencia y honestidad en la gestión.
- Acciones en beneficio del colectivo profesional.
- Empleo racional y eficiente de los recursos.
- Mantener el Sistema Nacional de Trabajo Social que potencia y fortalece las organizaciones del gremio.
- Respeto por las normas y régimen jurídico de cada una de las organizaciones.

3.     Reconocemos el carácter público y de servicio del CNTS, según la Constitución Política de1991 y la Ley 53 de 1977

- Se rige por principios democráticos
- Es participativo por su representación mixta, conformado por delegados del gobierno y de los gremios de Trabajo Social, por lo tanto tiene un carácter deliberativo.
- Mejorar los canales de comunicación y atención oportuna y de calidad.
- Se establecerán mecanismos de diálogo y consulta con las bases profesionales
- Se trabajará en alianza con las universidades, gremios y sectores público  y privado, acorde con la misión del CNTS y su compromiso de generar valor social para la población que atiende.

4.     Las acciones administrativas y ejecutivas de los delegados deberán estar antecedidas de la definición de criterios y mecanismos para la toma de decisiones y la garantía de una gestión con transparencia.


Toda decisión debe demostrar el beneficio e impacto para la respectiva organización.

No se incorporarán al Consejo personas que tengan vínculos de consanguinidad directo con los miembros del CNTS, sus directivos o empleados.


Las decisiones de adquisiciones, vinculaciones u otros asuntos, serán reguladas y reglamentadas previamente por el CNTS.

Se establecerá la publicación de los documentos del CNTS que la ley permita, como principio de transparencia.

Toda acción será pública y abierta, en los términos que la ley lo permita.

En esencia el consejo trabajará por la democratización de sus procesos, por la comunicación amplia y fluida con la base profesional, trabajará en asocio y alianza con las organizaciones de la profesión, fomentará el desarrollo profesional, gremial y disciplinar, como organización de carácter público y corporativo su función está en generar beneficio e impactos para la población objeto de su acción.

 

Cali, julio 26 de 2022

 

 

 

 

 

 

 

 



[1] Presidente del CONETS 1988 a 1999. Presidente de FECTS 1980 1982. Presidente de ALEATS 1992 1995

Vicepresidente IASSW  1996 1998 Profesor titular Universidad del Valle, jubilado.

[2] Ver Mejía, J. & Sánchez, J. (2018) Gerencia Social. Enfoques y metodología para la intervención y el trabajo social. Univalle

miércoles, 20 de julio de 2022

lunes, 11 de julio de 2022

Importanta declaración del CONETS y la FECTS

                                                  febrero 03 de 2022

                                    page2image410445488  page2image410450336

DECLARACIÓN PÚBLICA A LA BASE PROFESIONAL DE TRABAJO SOCIAL

Los suscritos Alexi Pérez Sierra, presidenta de la Federación Colombiana de Trabajadores Sociales-FECTS y Carlos Mario Ramírez Rave, presidente del Consejo Nacional para la Educación en Trabajo Social-CONETS, en calidad de delegados ante el Consejo Nacional de Trabajo Social, nos dirigimos a las y los Trabajadores Sociales de Colombia a quienes por Ley 53 de 1977 les obliga el registro profesional ante el Consejo Nacional de Trabajo Social, para manifestarles:

Nuestra disposición y voluntad como organismos representativos de la profesión ante el Consejo Nacional de Trabajo Social, como lo ha sido históricamente, a apoyar y trabajar por el fortalecimiento y desempeño eficiente de este organismo en el cumplimento de sus labores misionales.

Que nuestra gestión como delegados de los gremios, se regirá por los principios de:

  •   Transparencia y honestidad en la gestión.

  •   Acciones en beneficio del colectivo profesional

  •   Empleo racional y eficiente de los recursos

  •   Mantener el Sistema Nacional de Trabajo Social que potencia y fortalece las

    organizaciones del gremio.

  •   Respeto por las normas y régimen jurídico de cada una de las organizaciones.

    Reconocemos el carácter público y de servicio del Consejo Nacional de Trabajo Social, según la Constitución Política de1991 y la Ley 53 de 1977, por lo tanto, nuestro compromiso:

    •   Regirse por principios democráticos

    •   La participación por su representación mixta, conformado por delegados del

      gobierno y de los gremios de Trabajo Social, de modo que, tiene un carácter

      deliberativo.

    •   Mejorar los canales de comunicación y atención oportuna y de calidad.

    •   Establecer mecanismos de diálogo y consulta con las bases profesionales

    •   Trabajar en alianza con las universidades, gremios y sectores público y privado,

      acorde con la misión del Consejo Nacional de Trabajo Social y su compromiso de generar valor social para la población que atiende y los profesionales.

      Las acciones administrativas y ejecutivas de los delegados deberán estar antecedidas de la definición de criterios y mecanismos para la toma de decisiones y la garantía de una gestión con transparencia:

Toda decisión debe demostrar el beneficio e impacto para el organismo

No se incorporarán al Consejo personas que tengan vínculos de consanguinidad directo con sus miembros, sus directivos o empleados.

Las decisiones de adquisiciones, vinculaciones u otros asuntos, serán reguladas y reglamentadas previamente por el organismo.

Se establecerá la publicación de los documentos del organismo que la ley permita, como principio de transparencia.

Toda acción será pública y abierta, en los términos que la ley lo permita. Destacamos la forma como el gremio ha manejado y orientado la gestión del ConsejoNacional de Trabajo Social.

El gremio de Trabajo Social del país, puede contar con la garantía de la voluntad y trabajo de las organizaciones Federación Colombiana de Trabajadores Sociales-FECTS y Consejo Nacional para la Educación en Trabajo Social-CONETS, las cuales colocarán todo su empeño y capacidades en proyectar nuestra organización nacional de Ley- Consejo Nacional de Trabajo Social, como una organización al servicio de la base profesional, del desarrollo social y humano del país.

Bogotá,

ALEXI B. PEREZ SIERRA CARLOS MARIO RAMIREZ RAVE

Presidenta FECTS Presidente CONETS

Lanzamiento de marca CNTS móvil ( vertical redes sociales) v6

                                                                                  La organización continua.